Con la implementación de la página y aplicación de Anses para realizar trámites, el organismo estableció un nuevo requisito obligatorio a sus prestatarios. Los jubilados y pensionados deberán tenerlo en cuenta para no tener prolemas y continuar recibiendo sus pagos mensualemente de forma regular.

Confirman un nuevo bono para jubilados en octubre: de cuánto es y quiénes lo cobran

Esta disposición alcanza no solo a jubilados y pensionados, sino a todos los argentinos que reciban una prestación de Anses. Se trata de la actualización de datos personales, un ajuste que puede hacerse de forma online y que permite evitar la interrupción de los pagos. La revisión de información debe hacerse por lo menos una vez al año desde un celular, una tablet o una computadora.

Cómo actualizar datos personales en Mi Anses

El trámite puede hacerse desde la página web o desde la aplicación de Mi Anses. Para hacerlo desde la web debés seguir estos pasos:

1. Ingresar a la aplicación de Mi Anses o a anses.gob.ar y hacer click en "Mi Anses". Inresar con número de CUIL y Clave de Seguridad Social.

2. Acceder al apartado de información personal.

3. Elegí "Domicilio y datos de contacto" y modificá o revalidá tu número de teléfono celular y correo electrónico. Verificá que la información sea correcta.

4. Confirmá y guarda los cambios en la opción "Guardar".

Para actualizar tus datos desde la aplicación, debés:

1. Ingresar a la aplicación con CUIL y Clave de Seguridad Social.

2. Seleccioná la opción "Modificar datos" en el menú desplegable.

3. Actualizá los datos de contacto y guardá los cambios.

Aumenta la jubilación en octubre

El Gobierno nacional oficializó a fines de septiembre el nuevo aumento para las jubilaciones que regirán en octubre, luego de que la Cámara de Diputados aprobara el veto de la fórmula de movilidad jubilatoria. Además del aumento, se volverá a pagar el bono de $70.000 a quienes perciban la mínima.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) fijó la jubilación mínima en $244.320,56 a través de la Resolución 798/2024. Antes, el valor mínimo era de $234.539. Asimismo, el haber máximo quedó establecido en $1.644.046,07. A su vez, los parámetros de las bases no imponibles, que parten desde los $82.287,12 hasta los $2.674.292,72.